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El
Colegio
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Colegiación
 Es
requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones
colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente. Cuando
una profesión se organice por Colegios Territoriales,
bastará la incorporación a unosolo de ellos, que
será el del domicilio profesional único o principal,
para ejercer en todo el territorio del Estado. (Art.
3.2. de la Ley de Colegios Profesionales modificado por Art.
5.3. del R.D.L 5/1996 de 7 junio).
Los documentos necesarios para la colegiación
son:
1. Título oficial de Ingeniero Agrónomo (o fotocopia compulsada)
o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición del título.
2. Cumplimentar los formularios (Solicitud de ingreso en el colegio, Impreso para la domiciliación bancaria de la cuota colegial, Impreso de alta en A.N.I.A., Impreso de adhesión a la póliza del Convenio Temporal Renovable suscrito con la compañía A.M.I.C.) que se facilitan en las oficinas del Colegio o que se pueden descargar desde esta página.
3. Tres fotografías formato carnet.
Además, debe abonarse la cuota de ingreso y la parte de la cuota anual
ordinaria correspondiente al resto del año que quede por transcurrir.
Están exentos de cuota de ingreso, aquellos Ingenieros Agrónomos
que se colegian durante los tres años posteriores a la finalización
de la carrera. Para titulados con más antigüedad en la profesión,
la cuota de ingreso es de 200 €.
En la actualidad, la cuota anual es de 195 € en aplicación del acuerdo adoptado por la Junta General en su reunión del 17 de Diciembre de 2010. El Colegio puede realizar
el cobro de ambas cantidades en la entidad bancaria que designe la/el solicitante
para la domiciliación de cobros en el futuro.
Una vez cumplimentados los distintos impresos, se entregarán en las oficinas del Colegio, todos salvo el impreso de adhesión al seguro temporal renovable suscrito con AMIC que será remitido directamente por el interesado a AMIC una vez que le sea notificada el alta provisional en Colegio. Esta circunstancia se notificará al interesado por el Colegio junto con la dirección y persona a la que habrá que remitir el citado impreso
En el caso de titulados de otros países, el título
tiene que estar homologado a efectos académicos y profesionales.
Para el ejercicio libre de la profesión, es necesaria la acreditación
previa del cumplimiento de los requisitos mínimos de previsión
social en el Régimen Especial de Autónomos (por cuenta propia)
o en Régimen General de la Seguridad Social (por cuenta ajena).
Para causar baja en el Colegio, será necesario remitir al Colegio el impreso de Baja que se incluye en esta página debidamente firmado, si bien dicha baja no tendrá efecto mientrás no se liquiden las cuotas u otros compromisos dinerarios que el colegiado hubiese contraido con el Colegio.
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COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS
AGRÓNOMOS DE CENTRO Y CANARIAS
Bretón de los Herreros, 43, 1ª planta 28003 - MADRID
Tfno.:914 416 198 - 914 416 398 / E-mail: |
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