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Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente.
Cuando una profesión se organice por Colegios Territoriales, bastará la incorporación a unosolo de ellos, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio del Estado. (Art. 3.2. de la Ley de Colegios Profesionales modificado por Art. 5.3. del R.D.L 5/1996 de 7 junio).



Los documentos necesarios para la colegiación son:

1. Título oficial de Ingeniero Agrónomo (o fotocopia compulsada), o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición del título.

2. Cumplimentar los formularios que se facilitan en las oficinas del Colegio.

3. Tres fotografías formato carnet.

Además, debe abonarse la cuota de ingreso y la parte de la cuota anual ordinaria correspondiente al resto del año que quede por transcurrir.

Están exentos de cuota de ingreso, aquellos Ingenieros Agrónomos que se colegian durante los tres años posteriores a la finalización de la carrera. Para titulados con más antigüedad en la profesión, la cuota de ingreso es de 100 €.

En la actualidad, la cuota anual es de 125 €. El Colegio puede realizar el cobro de ambas cantidades en la entidad bancaria que designe la/el solicitante para la domiciliación de cobros en el futuro.

En el caso de titulados de otros países, el título tiene que estar homologado a efectos académicos y profesionales.

Para el ejercicio libre de la profesión, es necesaria la acreditación previa del cumplimiento de los requisitos mínimos de previsión social en el Régimen Especial de Autónomos (por cuenta propia) o en Régimen General de la Seguridad Social (por cuenta ajena).

Descargas

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Tfno.:914 416 198 - 914 416 398 / E-mail:correo agronomos
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